El TODA y el TOIEF son acuerdos independientes y vigentes firmados en 1996, que tratan sobre los derechos de autor y su adaptación al entorno digital (internet). Estos acuerdos, a los que también se denominan en conjunto “Tratados de Derecho de Autor” son administrados por la OMPI (Ver ¿Qué es la OMPI? Organización Mundial de la Propiedad Intelectual). Se incorporan objetos susceptibles de protección referidos a los programas de ordenador (software, ver ¿Qué tratamiento recibe el Software?), y las bases de datos (ver ¿Qué tratamiento reciben las bases de datos?).
El Tratado de Derecho de Autor emplaza a los estados a crear y aplicar las medidas necesarias para permitir el ejercicio de los derechos de autor y de terceros en la era digital, todo en consonancia con lo dispuesto por la Convención de Berna (Ver ¿Qué es el convenio de Berna?). Al mismo tiempo, crea nuevos derechos en relación con las copias en soporte tangible de ciertas obras.
En cuanto a la comunicación pública de la obra, el tratado confiere el derecho al autor de la obra de autorizar, o no, la comunicación pública de la misma mediante las redes digitales e incluso en el modo “a la carta”, u ‘“on demand”, que supone que cualquier usuario pueda acceder al contenido desde cualquier lugar y en cualquier momento. El TOIEF, por su parte, es el tratado por el cual se busca adaptar al tratamiento de los Derechos Conexos (Ver ¿Qué son los derechos conexos y quiénes son los intérpretes?) al entorno digital. El TOIEF requiere a los estados asegurar el resguardo de los derechos morales de los intérpretes.
Más información sobre los tratados de derecho de autor de la OMPI (TODA y TOIEF).