Los derechos patrimoniales también surgen a partir de la creación de una obra. Consisten en un monopolio legal sobre la reproducción, la distribución, la comunicación pública, la representación, la adaptación y la publicación de esa obra creada. Este monopolio legal se relaciona con la posibilidad de explotar comercialmente la obra, y, por lo tanto, es una potestad transferible. De esta manera, es posible para un autor autorizar (licenciar) o ceder (Ver Licencia y cesión: diferencias) alguno o todos estos derechos a un tercero, ya sea una persona física o jurídica, para, por ejemplo, que sea ésta la responsable de llevar adelante las gestiones comerciales en torno a la obra.
Ejemplo: Si se crea una canción, el autor puede autorizar su uso o la puede ceder (a través de un contrato) a una discográfica (que suele ser una persona jurídica) para administrar el negocio sobre esa obra.